Tratados Internacionales
En el Derecho Internacional Público
se habla de Tratados Internacionales, los cuales son un acuerdo escrito entre
ciertos sujetos de derecho internacional y que se encuentra regido por este,
que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos conexos, y siendo
indiferente su denominación. Como acuerdo implica siempre que sean, como
mínimo, dos personas jurídicas internacionales quienes concluyan un tratado
internacional
La Convención de Viena es la
denominación de diversos tratados firmados en la ciudad de Viena, entre los
cuales se pueden mencionar:
• Convención
de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961
• Convención
de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963
• Convención
de Viena sobre Responsabilidad Civil por Daños Nucleares de 1963
• Convención
de Viena sobre Señalización Vial de 1968
• Convención
de Viena para la Protección de la Capa de Ozono de 1985
• Convención
de Viena sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y
Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales de 1986
• Convención
de Viena contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas
de 1988, entre otras.
Las Naciones Unidas son una
organización de Estados soberanos. Los Estados se afilian voluntariamente a las
Naciones Unidas para colaborar en pro de la paz mundial, promover la amistad
entre todas las naciones y apoyar el progreso económico y social. La
Organización nació oficialmente el 24 de octubre de 1945.
Un diplomático es aquel agente que
envía un Estado (acreditante) ante otro Estado (receptor) para desarrollar las
relaciones entre ambos. Las normas de regulación de la actividad fueron, en su
mayoría, de origen consuetudinario, cristalizándose en la Convención de Viena
sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961. De acuerdo con este
elemento del derecho internacional público, las funciones del agente
diplomático son:
a) Normales
• Proteger
los intereses del Estado acreditante en el Estado receptor
• Fomentar
las relaciones amistosas
• Ejercer
(ciertas) funciones consulares
b) Excepcionales
• Representar
los intereses de un tercer Estado en el Estado receptor
• Representar
a un tercer Estado, el cual no posea representación en el Estado que lo recibe
Para la consecución de estos
objetivos, los medios de los cuales se sirve son:
• Representar
al Estado del cual es originario.
• Negociar
con el Estado receptor.
• Informar
a su Estado, por todos los medios lícitos.
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